Resumen: Los hechos por los que se reclama y están pendientes de enjuiciamiento son posteriores a aquellos por los que fue condenado en sentencia, aun siendo de similar naturaleza. El arraigo en nuestro país no está previsto como causa de denegación. La situación actual de prórroga del Estado de alarma por la pandemia generada por la COVID-19 y las restricciones a la libre circulación derivadas de la misma, determinará un posible aplazamiento de dicha entrega, pero no es causa de denegación de la extradición.